Bien Raíz Rural
Mejoras en una parcela delimitada de tierra ubicada en zonas rurales.Según el Estatuto de la Tierra (Ley 4.504/1964) y la Ley 8.629/1993, de Brasil, un bien raíz rural es el edificio rústico de área continua, cualquiera que sea su ubicación, que está destinado o puede destinarse a la granja, ganadería, extracción vegetal, silvicultura o agroindustrial. Según el entendimiento de la Corte Suprema de Justicia, los municipios brasileños tienen autonomía para definir sus áreas urbanas y rurales, albergando bienes raíces de acuerdo con su vocación económica. En las zonas urbanas se incluye el Impuesto sobre Bienes Raíces y Territorio Urbano (IPTU, por su sigla en portugués), mientras que en las zonas rurales prevalece el Impuesto sobre Bienes Raíces de Territorio Rural (ITR, por su sigla en portugués).
Sinónimos:
granja, rancho, sitio, cultivo, finca, quinta, estancia, hacienda, heredad, huerto, bien inmueble rural.
Lea más:
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l4504.htm
https://imoveis.estadao.com.br/compra/imovel-rural-ou-urbano-conheca-as-diferencas-na-hora-da-compra/
http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/leis/l8629.htm
https://jus.com.br/artigos/45208/classificacao-do-imovel-rural